DAÑOS ESTETICOS DEL SEGURO DE HOGAR

Tal como lo indica su nombre, los daños estéticos en una póliza de vivienda corresponden a los desperfectos ocasionados por un accidente anterior que afectan a la estética del contenido y el continente. Un incendio, la rotura de una tubería o las goteras en el hogar son ejemplos de siniestros que pudieran ocasionar alteraciones en las características originales de la residencia.

Cabe destacar que para que la empresa aseguradora asuma los daños, será imprescindible que estos hayan sido producto de una contingencia previa. Asimismo, será necesario asegurarse de que, por defecto, la cobertura está incluida en las condiciones de tu póliza. En caso contrario, tendrás que añadirla. Aunque no se trata de una cobertura obligatoria, contar con ella es todo un plus a la hora de hacerle frente a reparaciones costosas y complejas. Nuestro equipo es consciente de ello y por eso la incluimos en los seguro de viviendas.

¿Qué se considera como un daño estético?

La mejor forma de explicarlo es a través de un ejemplo que seguramente te resultará muy familiar. Por un momento imagina que a raíz de la rotura de una tubería tu cocina sufre daños colaterales: se rompe algún azulejo o se estropean paredes por la necesidad de picarlas para solucionar el problema. Si la cobertura de daños estéticos está incluida en tu póliza, tu compañía aseguradora se encargará de solucionar los daños causados por el agua y los desperfectos sufridos en mobiliarios o zonas adyacentes a causa de la propia reparación.

Ahora bien, ¿cómo funciona esta cobertura también conocida en ocasiones como restauración estética? En primer lugar, existen unos límites establecidos de manera previa en la póliza. Así pues, el arreglo, reemplazo o indemnización de los elementos alterados y afectados por el accidente estarán cubiertos en función de lo pactado en el contrato. Los seguros de hogar que ofrecen este tipo de cobertura también incluyen la reparación de daños estéticos ocasionados en el contenido. Los azulejos o muebles de baño son algunos ejemplos.

Y, ¿si el nuevo color no coincide con el inicial o no es posible conseguir el mismo azulejo o uno muy similar? En caso de no encontrar un color o modelo idéntico o parecido, la cobertura de daños estéticos cubrirá la sustitución por unos totalmente nuevos y de calidades semejantes.

¿En qué casos no podemos hacer uso de esta cobertura?

Las condiciones pueden variar entre empresas aseguradores, pero en términos generales podemos decir que la reparación de daños estéticos no cubre en las siguientes situaciones:

Los daños a terceros. Es decir, que la cobertura de daños estéticos solo garantiza la restauración de desperfectos que han tenido lugar en el interior de la vivienda asegurada. Para subsanar los daños ocasionados a terceras personas se tendrá que recurrir a la cobertura de responsabilidad civil.

En cuanto a la restauración estética del continente, la reparación de elementos que se encuentren en el exterior de la vivienda. Muros de contención, las vallas,  fachadas e instalaciones deportivas, entre otros, quedan excluidos de la cobertura.

Tampoco se consideran daños estéticos los desperfectos de elementos cubiertos por otras garantías como la rotura de cristales, de encimeras de mármol o de los cristales de placas solares.

Los arañazos, ralladuras y cualquier desperfecto de carácter superficial en el contenido que causen desperfectos considerados como “no funcionales” tampoco están contemplados en la cobertura de daños estéticos.

Si necesitas recuperar el aspecto original de alguna zona de tu vivienda después de haber ocurrido un siniestro, lo mejor es que cuentes con un seguro de hogar que incluya la cobertura de daños estéticos. Si no sabes por dónde comenzar, ponte en contacto con nosotros y resuelve todas tus dudas.