Contratar Seguro de Auto MAPFRE

Descubre los beneficios de contratar tu seguro de auto con MAPFRE

MAPFRE AUTO

Los seguros de coche de MAPFRE cuentan, entre otras, con las siguientes coberturas:

  • Responsabilidad civil de suscripción obligatoria.
  • Responsabilidad civil suplementaria hasta 50.000.000 € por accidente.
  • Los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado.
  • Seguro del conductor‐Accidentes personales: Fallecimiento (opciones contratables desde 30.000 € hasta 250.000 €). Invalidez permanente (según baremo; límite contratable desde 30.000 € hasta 250.000 €).
  • Asistencia sanitaria (límite contratable desde 30.000 € hasta 250.000 €; máximo 365 días).
    Indemnización por fallecimiento del asegurado y su cónyuge en el mismo accidente si el beneficiario es el hijo de ambos menor de edad (doble de la indemnización que corresponda por fallecimiento). 
  • Indemnizaciones complementarias por adaptación del vehículo o para la adquisición de otro (2.000 € por accidente si una de las secuelas tiene un porcentaje igual o superior al 60% según el baremo).
  • Indemnización para adecuación de la vivienda (15.000 € por accidente, si una de las secuelas tiene un porcentaje igual o superior al 60% según el baremo).
    Indemnización por necesidad de ayuda de otra persona (si una de las secuelas tiene un porcentaje igual o superior al 80% según el baremo).
  • Ayuda psico‐emocional (hasta 3 meses).
  • Siempre que esté contratada la modalidad de Responsabilidad Civil Ampliada, cuya inclusión figure expresamente recogida en las Condiciones Particulares de la póliza, las garantías de Fallecimiento e Invalidez Permanente se extienden al tomador del seguro y al conductor declarado como habitual en las Condiciones Particulares de la póliza, por los daños corporales sufridos como peatones o ciclistas en cualquier accidente de circulación, en el que resulte implicado además algún vehículo de motor, excluida la practica profesional
    del ciclismo.
  • La cuantía de la indemnización es el 50% de la que le hubiera correspondido por las mismas garantías, incluidas las indemnizaciones complementarias del artículo 44 bis y 42.2, cuando procedan, si el accidente de circulación lo hubiera sufrido conduciendo el vehículo asegurado.
  • Defensa jurídica hasta 3.000 € por accidente:
  • Defensa penal del conductor autorizado y legalmente habilitado y reclamación de daños del vehículo y reclamación de lesiones de los ocupantes y conductor.
  • Reclamación de daños del tomador como peatón.

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